Son numerosos los ejemplos en los últimos tiempos que nos han hecho pensar en las consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento. Según los casos, pueden llegar a ser de hasta 3 años de cárcel.
Las consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento no son las mismas si las difundimos que si las compartimos. A continuación estudiaremos las diferencias.
Tabla de contenido
Consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento: compartirlas por primera vez
La primera persona que publica las imágenes de manera no consentida puede enfrentarse a penas de entre 3 meses y un año de prisión, o una multa de seis a doce meses. Esto está recogido en el artículo 197 del Código Penal, que pena a quien “sin autorización de la persona afectada, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquella que hubiera obtenido con su anuencia en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros”.
En resumen, una imagen tomada de forma privada o que ha sido enviada a una persona concreta, no puede salir de ese ámbito.
Consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento: reenviar o compartirlas
Sin embargo, ¿qué pasa si sólo comparto una imagen que me ha llegado por Whatsapp, por ejemplo? En este caso, las consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento se endurecen.
Compartir la imagen de una tercera persona nos convierte en cómplices, y eso puede suponer una pena de entre seis meses y dos años de cárcel. Esto se especifica en el apartado 197 bis del código penal.
Otras consecuencias
Si las imágenes han sido obtenidas sin conocimiento de la persona, las consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento son mayores. Pueden llegar hasta los cinco años de cárcel. Y aquellos que los reenvíen tendrán que enfrentarse a penas de uno a tres años.
¿Qué puedo hacer si se han difundido mis imágenes sin consentimiento?
Las consecuencias de la difusión de imágenes sin consentimiento no solo las paga quien las difunde, sino que la víctima tienen que enfrentarse también a ellas. Los daños morales a los que puede enfrentarse son cuantiosos, al ver expuesta la intimidad de una manera tan patente.
Si alguien difunde una imagen íntima, lo primero que tenemos que hacer es ponernos en contacto con la Policía para denunciarlo. Si además ha sido publicado en algún portal de Internet, podemos acudir al canal prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos para solicitar la eliminación preventiva del contenido.
No obstante, también puede ser recomendable eliminar las imágenes directamente desde el origen donde están publicados.
¿Y si me llega una imagen íntima?
Si somos receptores de una imagen íntima, lo aconsejable es eliminarla directamente, tanto del chat como de los archivos de nuestro dispositivo. Si la vemos publicada en una página web, o en los buscadores, podemos denunciarla y avisar a la persona para que pueda tomar las medidas detalladas anteriormente.
Las consecuencias de la difusión de imágenes hoy en día son más amplias, ya que disponemos de más medios de comunicación y de difusión del contenido. Es por ello que hay que hacer un ejercicio de responsabilidad.